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Tu Edificio o Condominio puede contratar su personal directamente: Ley MYPE PERU 2025

Mediante el Proyecto de Ley este año 2025, se plantea establecer el régimen laboral especial para porteros y guardianes de edificios y condominios con fines de vivienda familiar, buscando garantizar sus derechos laborales, seguridad social, condiciones adecuadas de trabajo y la protección de los residentes de los edificios o condominios en Perú.

La iniciativa legal se detalla los beneficios laborales que le correspondía a dicho régimen, como también los requisitos para ejercer dicho cargo y finalmente, los impedimentos del mismo, en los cuales se precisa que no se podrán desempeñar como vigilantes o conserjes de edificios aquellos que cuentan con algún antecedentes policial, penal en el Perú o en el extranjero

 

Ley Laboral Edificios Perú
Ley Laboral para Edificios y Condominios Perú 2025 

Los Edificios y Condominios en el Perú deben de saber que la reciente Ley 32353 -Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la Micro y Pequeña Empresa-MYPE, en su artículo 3, inciso b), ha dispuesto que, las juntas, asociaciones o agrupaciones de propietarios o inquilinos, así como las asociaciones o agrupaciones de vecinos, que habiten un inmueble sujeto al régimen de propiedad exclusiva y común, el cual se rige por la Ley 27157 (en adelante “la ley”) y su reglamento aprobado por D.S. 035-2006-VIVIENDA (en adelante “el reglamento de la ley”), dado que la nueva Ley de Propiedad Horizontal, aprobada por Decreto Legislativo 1568 todavía no está vigente, puedan contratar hasta 10 trabajadores para que les prestan servicios en común de vigilancia, limpieza, reparación, mantenimiento y similares.

 

Sobre la citada disposición, se debe realizar un análisis básico de dos puntos: (i) Los edificios de departamentos u oficinas, las quintas, los condominios, las galerías comerciales y otros (por ejemplo los complejos habitacionales de varias torres), son predios que están sujetos a la Ley 27157 y su reglamento, por tanto, en aplicación de la citada Ley 32353 o Ley MYPE, sus habitantes podrían contratar a sus trabajadores directamente (hasta 10), sin necesidad de contratar una empresa de administración. Esto constituye una oportunidad para que las junta de propietarios tengan un ahorro en su presupuesto mensual y anual. lo que si recomendamos desde la empresa HOUSING SAC es que cada edificio y condominio cuente con un especialista en contabilidad con el fin que desarrolle este tema de forma profesional.
Si deseas mayor información, asesoría o el servicio contable legal para llevar a cabo su planilla MYPE puede comunicarse al www.condominiosperu.com 
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